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La Gran mentira del EURIBOR.

· La Gran mentira del EURIBOR.

Aviso importante a los hipotecados. Como sabéis el Euribor ha bajado del 5,3% al 2,1%, QUE BIEN, pero no echen las campanas al vuelo, mirar vuestro contrato, y revisar todas las clausulas, como exista algún epígrafe como ‘Límite a la variación del tipo de interés’, TENEMOS PROBLEMAS, este límite es el mínimo del Euribor, quiero decir que si FIRMASTES un suelo del 3% pagaras en relación a lo que firmaste.

esta cláusula puede existir hasta en el 70% de las hipotecas firmadas en su banco, les dejo algunos datos para poder localizarla:

*Cláusula literal del ‘suelo’ y ‘techo’ que suele aparecer al final del apartado de intereses, tras de indicarse el índice de referencia que se aplica, el Euribor, más el diferencial:

En todo caso, aunque el valor del índice de referencia que resulte de la aplicación sea inferior al 2,250%, este valor, adicionado con los puntos porcentuales expresados anteriormente para cada supuesto, determinará el «tipo de interés vigente» en el «período de interés». Igualmente, el tipo aplicable al devengo de intereses ordinarios no podrá ser, en ningún caso, superior al 15,000% nominal anual.

Esta cláusula puede o no aparecer o estar en todas sus combinaciones: sólo ‘suelo’, sólo ‘techo’, los dos o ninguno. Suerte.

10 marzo 2009 - Posted by | DEFIENDE TUS DERECHOS

1 comentario »

  1. Mi caso es el siguiente:
    Hipoteca (vivienda) que tengo formalizada con una entidad financiera (Banco).
    En la Cláusula 3ª de dicha hipoteca se indican las siguientes condiciones financieras:

    “interés a aplicar en la presente operación no podrá ser nunca inferior al 2% anual nominal ni superior al 15% nominal anual”

    Dos paginas después de dicho párrafo y dentro de la misma cláusula (3ª) se indica lo siguiente:

    “ambas partes pactan expresamente que el tipo de interés Euribor a aplicar en base a lo previsto en la presente cláusula, o su sustitutivo, no resulte en ningún caso –en perjuicio de tercer hipotecario- inferior al 3% ni superior al 15% anual.

    Los porcentajes de tipo interés inferior son distintos en un párrafo y en otro. Esto ¿anularía dichos puntos?

    En caso de que no se anulasen cual seria el que se aplicaría. ¿Incluirá este porcentaje el diferencial?

    un saludo

    Jose

    Comentarios por JLRT | 20 May 2009 | Responder


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